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EXCLUSIVA. Llega el sistema de puntos al casco urbano. En vigor desde hace un mes.

Conducir y hablar por el movil en el casco urbano costará tres puntos y 91 euros

MARCHENA-NOTICIAS El 26 de Junio entró en vigor la nueva ordenanza municipal de trafico y seguridad vial, que presenta muchas novedades, han bajado los precios de las multas y ya se incluye la resta de puntos en el carnet por las infracciones cometidas dentro del casco urbano del municipio, jurisdicción propia de la Policia Local y el Ayuntamiento.


 
 
Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce costará 91 euros y 2 puntos. Usar el movil mientras se conduce, 91 euros y tres puntos.
Dentro del casco urbano circular en sentido contrario costará a los infractores 301 euros y 6 puntos del carné, misma cuantía que conducir bajo los efectos del alcohol.
No ceder el paso en una intersección, 91 euros y 4 puntos, estacionar en lugares prohibidos 92 euros y 2 puntos, no usar el cinturon de seguridad, 91 euros y 3 puntos.
No usar casco 91 euros y 3 puntos, no detenerse en un STOP, 91 euros y 4 puntos, no respetar la luz roja del semáforo, 4 puntos,
4 puntos, costará no obedecer a un agente, y circular con un menor de 12 años en asiento delantero sin dispositivo
El límite máximo de velocidad a que podrán circular los vehículos por las vías urbanas será de 20 km/h.
El límite máximo en travesía es de 50 km/h. Este límite podrá ser rebajado en travesías especialmente peligrosas, por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía.
En materia de ruidos se aplicará en lo que proceda el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica aprobado por Decreto 326/2003, de 25 de noviembre de la Junta de Andalucía
Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido y dispositivos de telefonía móvil.
Parar el vehículo obstaculizando gravemente la circulación, 150. Estacionar un vehículo obstaculizando gravemente la circulación. 150. Parar el vehículo constituyendo un peligro para los demás usuarios. 150
Efectuar un cambio de dirección a la izquierda sin visibilidad 150. Efectuar un cambio de dirección sin advertirlo con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás
del suyo 100 euros.
Tal y como marcan las normas generales de tráfico, no señalizar las cargas sobresalientes también es sancionable. La ordenanza local sigue los mismos criterios que las leyes nacionales.
No utilizar la persona denunciada el cinturón de seguridad. (Deberá denunciarse en concreto al conductor que no lleve abrochado correctamente el cinturón) 91 euros y 3 puntos
Estacionar en el lugar indicado impidiendo la visibilidad de la señalización a otros usuarios a quienes afecte u obligue a hacer maniobras 91 euros y dos puntos.
Instalar, retirar, trasladar, ocultar o modificar la señalización de una vía sin permiso de su titular 300 euros.

CONSULTA EL BOP CON LA ORDENANZA COMPLETA

20 de Julio.- A pesar de la importancia de la esta medida, la mayoría de los conductores consultados hoy por nuestra redacción desconocían su existencia, al no haberse difundido ni realizado ninguna campaña informativa.

Paqui Malagón, nueva concejal de tráfico y seguridad ciudadana, requerida por esta redacción a que diese su opinión sobre este asunto recalcó que la ordenanza procede del anterior equipo socialista y anunció que en las próximas horas se pronunciará sobre la cuestión. No obstante, la medida está en vigor, y su cumplimiento es preceptivo.

La mayor novedad es que a partir de ahora, cualquier infracción dentro del casco urbano también puede suponer la retirada de puntos o del carné de conducir. Una vez que la sancion sea firme, a través de un acuerdo con la DGT el organismo nacional de tráfico procederá a la resta de los puntos al infractor.

Esta ordenanza se aprobó en el pleno del 22 de febrero de 2007, y está rubricada por Juan Antonio Zambrano y el anterior equipo de gobierno socialista y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 26 de Junio, fecha de su entrada en vigor. Las cuantías expresadas en la ordenanza pueden ser revisadas y actualizadas mediante la correspondiente Ordenanza Fiscal

La nueva norma recoge que queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido y dispositivos de telefonía móvil. Los conductores de vehículos, también bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Las infracciones a este precepto tendrán la consideración de muy graves.

Se prohíbe la emisión de perturbaciones electromagnéticas, ruidos, gases y otros contaminantes en las vías. En materia de ruidos se aplicará en lo que proceda el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica aprobado por Decreto 326/2003, de 25 de noviembre de la Junta de Andalucía

Queda prohibido, la colocación de vidrios tintados o coloreados no homologados. El límite máximo de velocidad a que podrán circular los vehículos por las vías urbanas será de 20 km/h., salvo que la
señalización de la vía autorice otra superior o inferior. El límite de velocidad anteriormente reseñado, podrá ser modificado por la Autoridad Municipal cuando existan razones que así lo aconsejen. El límite máximo en travesía es de 50 km/h. Este límite podrá ser rebajado en travesías especialmente peligrosas, por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía.

Dentro del casco urbano no respetar las señales de los agentes que regulan la circulación 91 euros y 4
puntos, No obedecer las ordenes de los agentes de circulación, la misma cuantía. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop y en los semáforos con la luz roja encendida. No respetar el conductor de un vehículo la luz roja de un semáforo 91 euros y 4 puntos. No detenerse en el lugar prescrito por la señal de “STOP” 91 euros y 4 puntos.


 

 

 

 

 

 

 

     

Marchena Noticias. 955845142-645022509